miércoles, 10 de diciembre de 2014

10 DE DICIEMBRE, DERECHOS HUMANOS...

Cada 10 de diciembre se celebra el día de los Derechos Humanos para recordar que el respeto a los derechos básicos e inalienables de todas y cada una de las personas es el ideal común al que aspiran todas las naciones y pueblos del mundo.

La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo Facultativo fueron aprobados el 13 de diciembre de 2006 en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York, y quedaron abiertos a la firma el 30 de marzo de 2007. Se obtuvieron 82 firmas de la Convención y 44 del Protocolo Facultativo, así como una ratificación de la Convención. Nunca una convención de las Naciones Unidas había reunido un número tan elevado de signaturas en el día de su apertura a la firma. Se trata del primer instrumento amplio de derechos humanos del siglo XXI y la primera convención de derechos humanos que se abre a la firma de las organizaciones regionales de integración. Señala un "cambio paradigmático" de las actitudes y enfoques respeto de las personas con discapacidad.
En este link están recogidos los 50 artículos de la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con dis CAPACIDAD. que deberían cumplirse del primer al último punto:
Manuel Valero Ribes
Han transcurrido 66 años desde 1948, año de la Declaración Universal de Derechos Humanos y siguen siendo las buenas "intenciones" de la Declaración Universal que no pasa de ser "papel mojado como objetivo" para poder resolver los Derechos Humanos "pisoteados" por todos los políticos del mundo. Y qué sólo respetáis las leyes que os aportan buenos beneficios...! 

Todos los días hay algo para celebrar. Y los "acontecimientos" son a diario!... Año tras año!... y la población (en su mayoría) qué no lo viven..., pasan de ello..., no les importa..., por qué no lo padecen y para los que promueven "estos días", es más fácil "conmemorar" que "solucionar" y tantas "concienciaciones" nos abruman en la capacidad del cerebro humano...,  para poder asumir la protesta diaria a cada una de las "necesidades"...!
No dais soluciones políticas y fomentáis los parches de corruptela en las donaciones o limosnas, enmascaradas por Solidaridad con el "tercer" mundo y sólo hay un Mundo (llamado el planeta Tierra) y los dirigentes de este mundo (que viven muy bien) son los administradores de toda la riqueza que generamos todos los humanos y la Solidaridad Internacional bien administrada por nuestros dirigentes darían la solución al problema de los Derechos como Personas...!

La mass media poco o nada ayuda con tantos anuncios de solidaridad de ONGs, sobre todo los que se refieren a África de los niñ@s desnutridos y de piel negra y me pregunto... ¿Toda mi vida estoy viendo las mismas imágenes...?. ¡Y sigo sin ver la solución...!. ¿Porqué todos son negros...?. ¡Hay niñ@s amarillos, cobrizos y también blancos, desnutridos y que mueren a causa del hambre! y no ponéis imágenes de niñ@s blancos comidos por las moscas y muriendo de hambre... ¿Acaso es tema de "marketing" y de impacto que sean negros...?. ¿Porqué hacéis creer... qué los blancos de la vieja Europa y medio mundo tienen solucionado el problema...?. ¡Ni mucho menos... y sería inapropiado para sus fines y sus políticas reconocer, que los que hacen las normas por los derechos son los primeros en incumplirlas...!    
Y no cambian nada, sólo cambia el "año....", al discurso de las buenas intenciones...!

Las necesidades extremas se acentúan, cada vez hay más niñ@s que pasan hambre y enfermedades; niñ@s con discapacidades que no reciben ayudas de parte de las administraciones y retornando a la ONU que con tantos buenos discursos de intenciones y que nunca cumplirán (sólo son palabras) y año tras año, cada vez son más las necesidades y se acentúan las diferencias entre pobres y ricos...!

Con días conmemorativos, discursos y buenas palabras no se solucionan los problemas que arrastran la inmensa mayoría de la población mundial...!!! 
08921 Gramenet del Besòs, 10 de diciembre de 2014.

Y estos son los 30 DERECHOS HUMANOS que se conmemoran hoy
1.- Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.
2.- Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
3.- Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
4.- Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.
5.- Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.
6.- Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.
7.- Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley.
8.- Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.
9.- Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.
10.- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.
11.- Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
12.- Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
13.- Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
14.- Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
15.- En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
16.- Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
17.- Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
18.- Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
19.- Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.
20.- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.
21.- Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
22.- Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
23.- Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.
24.- Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
25.- Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.
26.- Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
27.- Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
28.- Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.
29.- Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
30.- Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.
10/12/2014